« Volver a la ficha de la subasta
Microsoft Surface Pro-Tablet 12.3" pulgadas
- Tipo: Subasta
- Referencia: GY0J090Z
- Tipo de procedimiento: Concursal
- Juzgado: JUZGADO DE LO MERCANTIL 2 VALENCIA - Dirección: ES-V
- Nº autos: 828/2024
- Conjunto de subastas: J1GAMW03
Condiciones particulares de la subasta
I.- La presente subasta tiene su origen en un procedimiento concursal especial de liquidación para microempresas de conformidad con los artículos 685 y siguientes, y 705 y siguientes del Texto refundido de la Ley Concursal, siendo el órgano liquidador competente la representación entidad concursada.
II.- La venta en subasta pública de todos los bienes muebles se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes excepción de aquellas que sean inherentes al bien (tales como afecciones, u obligaciones técnicas etc.), o posibles derechos reales limitativos de dominio (si bien no constan a la fecha).
Una vez otorgado el correspondiente contrato de adjudicación o venta en relación en los vehículos objeto de liquidación, conforme a lo dispuesto en el artículo 708.6 del TRLC, a los efectos de acceso a la inscripción en el Registro de Vehículos de la DGT de las operaciones de liquidación llevadas a cabo a través de la plataforma, se entenderá como título inscribible la certificación generada electrónicamente por el sistema.
A la fecha de presentación del Plan de Liquidación, no existen cargas conocidas que graven ninguno de los bienes objeto de liquidación; pero en todo caso si apareciese alguna, se presentará copia de esta al Juzgado al objeto de proceda a cancelar las cargas que pesaren sobre el bien transmitido en los términos previstos en el art. 225 TRLC; correspondiendo en todo caso la tramitación de la cancelación de cargas al adquirente de los bienes.
III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 5% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta.
La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta.
Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados.
Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte del órgano encargado de la liquidación en el presente procedimiento de liquidación especial de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable.
El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma.
En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado.
No obstante, en los siguientes bienes no será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito:
EQUIPOS PROCESO INFORMACIÓN - MPRESORA MULTIFUNCIÓN COLOR
AÑO COMPRA - 2016
VALOR COMPRA - 45,37 €
VALOR LIQUIDACION - 0,00 €
OBSERVACIONES - Mas de 8 años de uso
UBICACIÓN - en local
EQUIPOS PROCESO INFORMACIÓN - SAMSUNG NOTE 8
AÑO COMPRA - 2017
VALOR COMPRA - 547,92 €
VALOR LIQUIDACION - 0,00 €
OBSERVACIONES - Estropeado. No funciona
UBICACIÓN - en local
IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta acepta desde el momento de la participación en la subasta el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:
- Fecha y hora de inicio de la subasta: 11 de febrero de 2025 a las 12:00h.
- Fecha y hora de finalización de subasta: 17 de marzo de 2025 a las 12:00h.
Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.
VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" en el Plan de Liquidación.
La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta con puja mínima; y solo se admitirán posturas que al menos alcancen al menos el 50% del valor de liquidación; aprobándose el remate a favor de la mejor postura.
No obstante, en los siguientes bienes no habrá puja mínima:
EQUIPOS PROCESO INFORMACIÓN - MPRESORA MULTIFUNCIÓN COLOR
AÑO COMPRA - 2016
VALOR COMPRA - 45,37 €
VALOR LIQUIDACION - 0,00 €
OBSERVACIONES - Mas de 8 años de uso
UBICACIÓN - en local
EQUIPOS PROCESO INFORMACIÓN - SAMSUNG NOTE 8
AÑO COMPRA - 2017
VALOR COMPRA - 547,92 €
VALOR LIQUIDACION - 0,00 €
OBSERVACIONES - Estropeado. No funciona
UBICACIÓN - en local
El incremento entre pujas se establece en 50 €.
VII.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados en su caso, de la cancelación de cargas, y de la operación de compraventa (transporte, desmontaje, tratamiento de residuos, etc.), serán de cuenta y cargo del adjudicatario; igualmente serán de cargo del adjudicatario en su caso las deudas que pudieran existir por el impuesto de circulación (informando que no constaban a la fecha de presentación de la solicitud del procedimiento especial).
Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate.
Los bienes y derechos se venden en el estado en el que se encuentran y sin garantías. Los ofertantes deberán hacer a su propio riesgo las comprobaciones y evaluaciones que consideren necesarias.
VIII.- Los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 10% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados.
El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento del documento de adjudicación.
VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal en el presente procedimiento especial, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.
IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento de la compraventa.
X.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal declarará adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas, siempre y cuando alcancen como mínimo el 50% del valor de adjudicación.
XI.- La firma del contrato de compraventa se deberá de realizar en el plazo máximo de 15 días naturales desde la finalización de la subasta. Asimismo, se procederá a la retirada del bien adjudicado en el plazo de 5 días siguientes a la firma del contrato.
XII.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.