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Embarcación rígida
- Tipo: Subasta
- Referencia: 1K1QJC1C
- Tipo de procedimiento: Penal
- Juzgado: JUZGADO DE 1º INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE CAMBADOS
- Nº autos: 460/2020
- Conjunto de subastas: VSGDKNP6
Condiciones particulares de la subasta
CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA:
Estos bienes muebles han sido decomisados y se ha resuelto su enajenación anticipada en virtud de resolución judicial emitida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados en el procedimiento de Diligencias Previas 460/2020 y se ha designado como entidad especializada al Ilustre Colegio de Procuradores de A Coruña:
- Embarcación semirrígida con eslora de 10 metros y manga: 2,30 metros.
- Embarcación rígida con eslora de 7,85 metros y manga: 2,10 metros.
Las reglas por las que se va a regir la presente subasta son las siguientes:
a.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 5% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta.
La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta.
Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado en la cuenta por ellos indicada, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados.
Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, en cuyo caso se le devolvería el depósito realizado a la cuenta indicada en el plazo de diez días hábiles desde la autorización por parte del Juzgado.
En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado.
b.- Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
c.- El periodo para la presentación de ofertas será de como mínimo UN MES desde la apertura del periodo apto para la licitación:
- Fecha y hora de inicio: 25/03/2024 a las 12:00 horas.
- Fecha y hora de finalización: 25/04/2024 a las 12:00horas.
Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.
d.- El tipo a efectos de subasta del bien es:
- Embarcación semirrígida con eslora de 10 metros y manga: 2,30 metros: 3.000,00 €.
- Embarcación rígida con eslora de 7,85 metros y manga: 2,10 metros: 5.000,00 €.
e.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados en su caso de la cancelación de cargas, así como los gastos de regularización de la situación jurídica de las embarcaciones, tales como tramitación de cambios de titularidad, obtención del permiso de circulación, en caso de pérdida del documento, Inspecciones Técnicas y tramitación de altas y bajas del Seguro de Responsabilidad correspondiente, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
La comisión que se establece para la entidad especializada el Ilustre Colegio de Procuradores de A Coruña por su intervención en la realización de los bienes será, del 10% más IVA del precio de adjudicación, que se detraerá del importe de la mejor oferta aceptada.
El precio de adjudicación se aplicará a la satisfacción de los gastos de conservación del bien y en el procedimiento de realización del mismo, ingresándose en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado correspondientes el remanente.
f.- La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios ofertantes en la página web será plenamente válida y eficaz a los efectos de cualesquiera notificaciones a los usuarios posteriores realizados por la entidad especializada designada.
g.- La aprobación del remate quedará supeditado a la pertinente autorización por el Juzgado competente.
Una vez aprobado el remate se procederá por el adjudicatario a consignar el resto del precio del remate en la cuenta designada por esta Corporación en el plazo de 20 días naturales desde que se le comunique dicha resolución.
h.-Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario desistiese de su mejor oferta, la entidad especializada designada, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor (en la forma que se establezca en el régimen legal vigente y normativa aplicable), podrá solicitar al Juzgado la declaración de adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.
i.- Concluida la subasta sin la realización de los bienes, se informará al Juzgado pertinente y se procederá a la repetición una o más veces el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas dentro del plazo de intervención de la entidad especializada.
j.- El importe mínimo de puja para esta subasta será del 50% de su valoración.
Para la adquisición, reparación y posterior utilización de las embarcaciones de esta subasta, así como para su transmisión de propiedad o cesión de uso, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 16/2018 de 26 de octubre y en particular a la necesidad de inscripción del operador en el Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad.